LAS CLAVES DE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
Hoy me ha sorprendido encontrar en la prensa la aprobación de una nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y y Garantía de Derechos Digitales (LOPD). Entre otras cosas llama la atención primero la aprobación del articulo 58 bis sobre utilización de "medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales de los partidos políticos". ¿Qué quiere decir esto? Pues simplemente que los partidos políticos pueden recopilar datos personales de las opiniones políticas de las personas. La polémica surge a que con esa medida se corre el riesgo de hacer bases de datos de los ciudadanos por su ideología y esto cuando menos es discutible, porque por ejemplo, puede condicionar para puestos de trabajo en la Administración Pública etc. Otro de los artículos que me llama la atención es el articulo 3 en el que se recogen los llamados albaceas digitales, es decir, el testamento digital. Esto se trata de que cualquier ciudadanos que tenga un perfil personal ya sea una aplicación, ...