DERECHO DE IMAGEN EN LAS REDES SOCIALES. FB Y TWITTER

DERECHO DE IMAGEN EN LAS REDES SOCIALES. 



Hace no tantos años una fotografía no se mostraba públicamente con tanta facilidad como se hace hoy en día. La única manera de mostrarlas era mediante la presa, revistas, televisión etc. De la misma manera pasaba lo mismo con los videos que solamente se difundían por medios muy concretos y en cambio, en la actualidad se difunden con muchísima facilidad a través de las redes sociales.


Actualmente, cada segundo se comparte mas de 20.000 publicaciones de fotos mediante el Facebook, Twitter, Instagram… y en la mayoría de ellas aparecen fotografías de personas las cuales, probablemente, no hayan dado su consentimiento para su publicación.





Como ya sabemos “El artículo 18 de la Constitución Española garantiza el derecho a la propia imagen como un derecho fundamental, desarrollándose su contenido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.


Esta ley nos garantiza que nuestro derecho a la intimidad estará protegido. Otra cosa es que los ciudadanos seamos capaces de controlar las imágenes que publican nuestros amigos o familiares en las redes sociales se hagan con nuestro consentimiento o sin él.  

Entonces, ¿qué hacemos para evitar este tipo de situación? La ley nos garantiza que podemos denunciarlos, otra cosa es si queremos meternos contra las grandes empresas como Facebook o Twitter para conseguir una solución ante eso.  


Siempre tenemos la opción de pedir al que la publicó que la retire o la de denunciarla en la red social donde haya aparecido, pero el resultado no depende mucho de nosotros. 

Fuente de información: https://sinderiza.com/derecho-a-la-propia-imagen/

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